Ante las sucesivas peticiones de instalación en espacios públicos de colchonetas y castillos hinchables, para la celebración de Primeras Comuniones, cumpleaños y otros eventos familiares, se acuerda establecer las siguientes normas, que ya se vienen aplicando, y hacerlas públicas, para general conocimiento, mediante bando:

– Los interesados deberán presentar solicitud en el Ayuntamiento, CON LA SUFICIENTE ANTELACIÓN, y en todos caso, con un mínimo de 5 días hábiles, aportando junto a la misma la siguiente documentación:

– indicación del lugar concreto donde se pretende ubicar el castillo. Podrá acompañarse de croquis.

– póliza y recibo del seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños del hinchable.

– justificante del abono de las tasas, en su caso.

 

– Tras la instalación del castillo o colchoneta hinchable y antes de la puesta en funcionamiento, se deberá presentar en el ayuntamiento un certificado de seguridad de la instalación emitido por técnico competente.

– La viabilidad de la autorización se condiciona a la emisión de informe favorable de la Policía Local, tras la presentación de la documentación antes reseñada, sobre la ubicación y condiciones de seguridad. En todo caso, la persona solicitante será la responsable de la organización y control de las instalaciones.